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¿Destituir al Papa?: una invitación a la lectura

Todo el poder desciende de Dios directamente sobre el Papa y de él sobre los Obispos... La resistencia, por tanto, no es el único remedio. En efecto, Santo Tomás de Aquino enseña que el mal prelado puede ser corregido -en privado y doctoralmente, pero no autoritativa y judicialmente- recurriendo el inferior al superior denunciándolo, y si no tiene superior humano (como en el caso del Papa), que recurra a Dios para que lo corrija o lo elimine de la faz de la tierra"

(DeepL Translator) ¿Destituir al Papa?: una invitación a la lectura

Introducción

Algunos autores, ante el "caso Bergoglio", sobre todo a partir de la Exhortación Apostólica Amoris laetitia (19 de marzo de 2016), han recogido firmas y lanzado peticiones para que se destituya al Papa Francisco y se nombre a otro Papa.

Se preguntaban si se podía destituir al Papa que había caído objetivamente en herejía material. La mayoría respondió negativamente, apelando al axioma Prima Sedes a nemine judicetur. Sólo unos pocos autores propusieron insistentemente la opción de deponer al Papa Bergoglio y nombrar a otro en su lugar, pero con escaso éxito o seguimiento.

Ediciones Radio Spada publicó el libro ¿Destituir al Papa? de Don Curzio Nitoglia, sobre esta punzante cuestión.

Este libro puede ayudar al lector a formarse una idea de lo que dicen los mejores teólogos católicos sobre la hipótesis de que el Papa sea herético y deba ser depuesto. En efecto, estas páginas recogen lo que teólogos, Padres eclesiásticos y Doctores escolásticos (hasta el Padre Reginaldo Garrigou-Lagrange) han escrito sobre la posible herejía material hipotética de un Papa y su posible deposición por el Episcopado o el Colegio Cardenalicio.

El libro puede ser útil para que el lector estudie -con cierta facilidad y sin tener que hacer complicadas y difíciles investigaciones- la doctrina expuesta por los teólogos, pero sin ninguna pretensión ni deseo de "definir" u "obligar a creer".

 

La Primera Sede no es juzgada por nadie

El Papa no puede ser juzgado por ninguna autoridad humana o eclesiástica (Emperador, Episcopado, Colegio Cardenalicio) con un juicio de valor canónico/jurídico, como si fuera súbdito de ella, ya que el único superior del Papa es Jesucristo, de quien el Papa es Vicario inmediato y cercano, y, por tanto, el Romano Pontífice no tiene ningún hombre (laico o incluso eclesiástico) por encima de él aparte de Jesús, que si es verdadero hombre es también verdadero Dios.

En efecto, mientras que la hipotética falta de Fe separaría del cuerpo de la Iglesia a un Papa que hubiera caído en el error contra la Fe y la falta de gracia santificante lo separaría del alma de la Iglesia, la Jurisdicción, en cambio, no se vería afectada ya que se refiere al gobierno de la Iglesia, que es una Sociedad visible y no puede ser privada de la autoridad que la rige por falta de gracia o de fe, que son vestiduras sobrenaturales, espirituales e invisibles, mientras que el gobierno o Jurisdicción de una Sociedad visible debe ser visible. Por tanto, el Papa hipotéticamente hereje no sería miembro vivo de la Iglesia por falta de gracia, no formaría parte del cuerpo de la Iglesia por su hipotético error contra la Fe, pero seguiría siendo su cabeza visible en cuanto a gobierno o Jurisdicción.

(cf. Domingo Bañez, In IIam-IIae, q. 1, a. 10, Venecia, 1587, col. 196; Ch.-R. Billuart, Cursus theologiae, III pars, Venecia, 1787, pp. 66; II-II pars, Brescia, 1838, pp. 33-34, 123 y 125; R. Garrigou-Lagrange, De Christo Salvatore, Turín, Marietti, 1946, p. 232).

 

La Autoridad de un Papa en acto es esencial para la Iglesia

La Autoridad es la esencia de toda Sociedad temporal y espiritual y, por tanto, también de la Iglesia, que es una Sociedad perfecta de orden espiritual, por lo que el Papa en acto (y no un Papa virtual) no es accidental, sino esencial y necesario para su subsistencia. Sin un Papa en acto, el Cuerpo Místico sería semejante a un cuerpo sin forma ni alma, es decir, muerto. Puesto que la Autoridad es el principio de unidad y de ser de la Compañía, ésta ya no sería una ni existiría sin Autoridad. Así pues, el Papa no es accidental, sino esencial para la subsistencia de la Iglesia (cf. Santo Tomás de Aquino, C. Gent., IV, c. 76). Sin un Papa en funciones, el Cuerpo Místico no subsistiría. El Papado virtual, la Iglesia virtual no son compatibles con la Institución divina de la Iglesia fundada por Cristo en la persona física y verdaderamente actual de Pedro (y así para sus sucesores: los Papas, hasta el fin del mundo).

 

Es lícito informar al Pontífice de sus posibles errores

Sin embargo, es lícito hacer un juicio lógico (sujeto, complemento de objeto y predicado) sobre los actos del Papa; por ejemplo: "Pío XII (sujeto) definió (predicado verbal) la Asunción de María al Cielo (complemento de objeto)"; igualmente es lícito hacer un juicio lógico sobre actos pastorales o exhortatorios, pero no dogmáticamente definitorios y obligatorios, por ejemplo "El Papa Francisco (sujeto) ha enseñado exhortativamente (predicado verbal) que incluso los pecadores públicos, que desean persistir en el estado de pecado grave, pueden recibir los Sacramentos de los vivos (complemento de objeto)"; o bien: "Juan Pablo II, siguiendo la pastoral del Concilio Vaticano II, enseñó que la Antigua Alianza nunca fue revocada". Estos, de hecho, son sólo juicios puramente lógicos, análogos a "el cielo (sujeto) es (predicado verbal) azul (complemento del objeto)"; en resumen, son una declaración de hecho y "contra el hecho no hay argumento" y no son un juicio legal/judicial/penal con valor canónico.

El Concilio Vaticano I (DB, 1831) definió solemnemente la doctrina del Primado del Papa, que tiene sobre la grey de Cristo una autoridad jurisdiccional o de gobierno plena, suprema, universal, inmediata y ordinaria, tanto en lo que se refiere a la Fe y a las Constituciones como en lo que se refiere a la disciplina.

El Episcopado no sólo no es superior al Papa, sino que tampoco es igual a él. Los errores del conciliarismo y del galicanismo, que enseñan la superioridad del Concilio sobre el Papa y que la jurisdicción de los obispos deriva directamente de Dios y no a través del Papa, fueron condenados por la Iglesia (cf. DB, 1322 y 1589) y recibieron el golpe de gracia con el Vaticano I. La Iglesia fue fundada sobre Pedro como roca primaria y fundamental y el Papa como sucesor de Pedro es esencial a ella; el Episcopado es también de institución divina, pero subordinado al Papado. Todo el poder desciende de Dios directamente sobre el Papa y de él sobre los Obispos.

 

Conclusión

El profesor Cyrille Dounot en su libro La déposition du Pape hérétique (París, Mare & Martin, 2019), en el capítulo 7, ¿Paul VI hérétique? La deposition du Pape dans le discours traditionaliste (p.164), concluye lo siguiente:

"Tras la lectura de los escritos de los autores favorables a la deposición del Papa considerado herético, se constata un fracaso final. Cualquiera que sea el camino que se tome para llegar a una solución del problema, ninguno de ellos es viable en la práctica. La única vía viable parece ser la de la visión sobrenatural, en la que las almas de los fieles esperan la intervención de la Omnipotencia divina. La teoría de la deposición del Papa Pablo VI durante su pontificado (la clausura del Concilio Vaticano II en 1965 y la promulgación de la Nueva Misa en 1969), ha mostrado sus limitaciones y su incapacidad práctica para llegar a una solución. Sigue siendo una hipótesis muy difícil de llevar a la práctica. [...]. Se comprende que humanamente la situación es inextricable. Hay que esperar a que la Providencia divina, de un modo u otro, muestre el camino para salir del callejón sin salida".

 

¿Por qué se ha llegado a esta situación?

Según un teólogo de los años 50, Don Pacífico Massi, una especie de instinto de conservación estaría en el origen de la preocupación por salvaguardar a la Iglesia de posibles desviaciones de un Romano Pontífice:

"Las doctrinas contrarias al Primado Pontificio han tenido su origen en el instinto de conservación, operante también en el cuerpo de la Iglesia como en toda entidad viviente, contra la posibilidad de un Papa indigno, que llevaría a la Iglesia a la ruina". Juan de Torquemada también sintió este instinto, pero supo mantener un sano equilibrio que no le permitió retroceder en sus rectos principios, ni callar ante los errores pasados o hipotéticamente futuros de los Papas en una pasiva y culpable aquiescencia".

 

Falsas soluciones

Hoy se proponen varias soluciones ante la desastrosa situación del ambiente eclesial, especialmente durante el pontificado de Francisco. Pues si bien es necesario:

  • a) Mantener un sano equilibrio, sin negar los principios de la Fe
  • b) No callar ante posibles errores contra la Fe y las Constituciones de los superiores -lamentablemente en nuestros días:
  1. hay quienes vuelven a proponer la teoría conciliarista y quisieran que el Papa fuera depuesto, por hereje, del Episcopado;
  2. los que afirman que hay que aceptar obligatoriamente los decretos del Concilio Vaticano II aunque sean meramente pastorales, así como el magisterio puramente "exhortativo" de Francisco (cf. Exhortación Amoris laetitia, 19 de marzo de 2016);
  3. por último, están también los que afirman la verdadera Doctrina católica, evitando los dos errores por exceso (Servilismo) y por defecto (Conciliarismo/fin Apostolicidad) como los dos barrancos, que se encuentran a derecha e izquierda de la cima de una montaña en la que se encuentra la verdadera solución "in medio et in culmine altitudinis et non mediocritatis / en el justo medio de la altura y no de la mediocridad" (R. Garrigou-Lagrange, De Revelatione, Roma, Ferrari, 1918).

La resistencia, por tanto, no es el único remedio. En efecto, Santo Tomás de Aquino enseña que el mal prelado puede ser corregido -en privado y doctoralmente, pero no autoritativa y judicialmente- recurriendo el inferior al superior denunciándolo, y si no tiene superior humano (como en el caso del Papa), que recurra a Dios para que lo corrija o lo elimine de la faz de la tierra" (IV Sent., dist. 19, q. 2, a. 2, qcl. 3, ad 2).

Ciertamente es necesario evitar el error (debido a un exceso de 'obediencia' indiscreta) que lleva al achatamiento o servilismo de los fieles, obispos y cardenales hacia un Papa, que se extralimita en sus poderes, limitados por la Ley y la Revelación divinas. El Profeta los llama "perros mudos incapaces de ladrar" (Is., LVI, 10). En este caso, es lícito y propio amonestar al Papa del error o abuso de poder que está cometiendo y ladrar como Domini canes (como hizo San Pablo con San Pedro en Antioquía, Gal., II, 11-14; Hech., XV, 13-215) y afrontar la triste realidad sin esconder la cabeza en la arena como hace el avestruz ni juzgar autoritaria y jurisdiccionalmente al Papa, lo que equivaldría a negar prácticamente la Primacía de Jurisdicción del Papa y, por tanto, sería al menos materialmente herético.

Como escribió el Gaetano (Apologia de comparata auctoritate Papae et Concilii, Roma, Angelicum ed. Pollet, 1936, p. 112 ss.), citando el De regimine principum de Angelico (lib. I, cap. V-VI), el remedio para un mal tan grande como "un papa malvado" es la oración y el recurso a la todopoderosa asistencia divina sobre Pedro, que Jesús prometió solemnemente. De hecho, el Doctor Común enseña que normalmente los más propensos a sublevarse contra el tirano temporal son los "bribones", mientras que las personas sensatas se las arreglan para ser pacientes el mayor tiempo posible y sólo como último recurso recurren a la "sublevación" contra el tirano temporal. De ahí que Cayetano concluya que si hay que tener paciencia con el tirano temporal y sólo excepcionalmente se puede recurrir a la revuelta armada y al tiranicidio, en el caso del papa indigno o 'criminal espiritual' (V. Mondello, La Dottrina del Gaetano sul Romano Pontefice, Messina, Arti Grafiche di Sicilia, 1965, p. 65) no sólo el "papicidio" y la revuelta armada nunca son lícitos, sino que tampoco lo es su deposición por el Concilio, que es inferior al Romano Pontífice y, por tanto, no puede jurídicamente investigarlo y deponerlo. Así que hay que invitar a rezar por el "malvado Pontífice" para que Dios le abra los ojos o "se los cierre". De ahí que sea lícito recitar el Oremus "pro Pontifice nostro Francisco...", así como nombrarlo en el Canon de la Misa para que Dios provea a su persona del modo que considere mejor (no nos corresponde a nosotros sugerir a Dios cuál es), sin invalidar la Misa ni caer en el pecado de "Herejía y Cisma Capital".

Sobre el deber de no obedecer órdenes ilícitas, aunque fueran dadas por el Papa, Valerio Gigliotti en el libro editado por Cyrille Dounot, La déposition du Pape hérétique, (París, Mare & Martin, 2019) en el capítulo 2, La chute du Pape: entre renonciation et déposition, escribe (p. 63) que el cardenal Hostiensis Enrique de Susa en la Summa Aurea (lib. III, cap. 8, par. 4), en el siglo XIII, siguiendo a Santo Tomás de Aquino, "admite la posibilidad de retomar públicamente al Papa, bajo ciertas condiciones bien definidas, reafirmando al mismo tiempo con fuerza el principio ineludible Prima Sedes a nemine judicatur". Se trata, en definitiva, de una corrección o amonestación fraterna, profesoral y doctrinal (como la de San Pablo a San Pedro en Antioquía), pero no de un juicio penal, jurisdiccional y jurídico al Papa, que no tiene superiores humanos, por lo que, concluye Gigliotti:

"Sólo se puede rogar a Dios por el Papa que yerra en la fe y pedir a la Iglesia celestial o triunfante que interceda por él, ya que ni el Emperador, ni el Clero (Episcopado/Cardenado y Sacerdocio), ni los fieles tienen poder superior sobre el Papa para poder juzgarlo canónicamente. Por lo tanto, el alma del Papa sólo está en sus manos, y si persistiera en el error sin poder ser juzgado canónicamente y depuesto por ninguna autoridad humana, y si muriera en este estado, caería bajo el severo juicio de Dios, que es el único que puede juzgar penalmente al Papa, siendo superior a él" (V. Gigliotti, cit., p. 64).

Sin embargo, el estado en que se encuentra hoy la Jerarquía católica no augura nada bueno. El mal producido por el Vaticano II es tan profundo, tan universal y tan preternatural que sólo Dios con su Omnipotencia puede remediarlo: "Abissus abissum invocat".

En esta hora de agonía del ambiente eclesial -producida por la acción diabólica, que se ha servido del judaísmo/masonería como principal instrumento, como cuando Jesús en Getsemaní, el Jueves Santo, dijo a los judíos que habían venido a prenderle: "Esta es vuestra hora [del judaísmo rabínico/talmúdico, ed, XXII, 53) - a la que seguirá indefectiblemente Su gloriosa y triunfante Resurrección (como sucedió después de la Pasión y Muerte de Jesús, de la que la Iglesia es la continuación en la historia) es necesario 1) mantener la Doctrina siempre enseñada por la Iglesia y 2) evitar errores a) por defecto (Conciliarismo/fin de la Apostolicidad de la Iglesia de Cristo), que disminuyen la autoridad del Primado Papal b) por exceso (Servilismo), que consideran al Papa siempre infalible aunque renuncie a la asistencia infalible del Espíritu Santo, no definiendo dogmáticamente y no obligando a creer para la salvación del alma (como fue el caso de la pastoral Concilio Vaticano II); finalmente 3°) hoy se debe ante todo continuar haciendo lo que la Iglesia ha hecho siempre (St. Vincenzo da Lerino, Commonitorium, III, 15) y evitar desviarse "a la derecha" o "a la izquierda".

Pietro Palinuri

Fuente: Don Curzio Nitoglia